Trámites para el Servicio Eléctrico Especial

Aspectos Generales

Descripción del trámite

Servicio que se brinda para disponer de un análisis de las condiciones y características actuales del sistema de distribución y su entorno, que derivan en un diseño y presupuesto para la ejecución de modificaciones o adiciones al sistema de distribución eléctrica y alumbrado público. Dentro del área servida por CNFL.

Plazo de resolución:

10 días hábiles para peticiones simples. 2 meses para peticiones complejas.

Documentos Vinculantes:

  • Norma “AR-NT-SUCOM "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión"

Costo del trámite:

Dependiendo del tipo de diseño, tiene un costo asociado:

  • Diseño de Distribución (para trámite de admisibilidad de diseños externos y elaboración de diseños de carácter residencial): ₡102,100.00
  • Diseño de Infocomunicaciones (para determinar factibilidad del uso de infraestructura CNFL):
    • Estudios de viabilidad técnica de 0-20 postes. ₡82.246,00*
    • Estudios de viabilidad técnica de 21-50 postes. ₡113.877,00*
    • Estudios de viabilidad técnica de 51-100 postes. ₡139.005,00*
    • Estudios de viabilidad técnica ductos. ₡51.376,00*
    • Estudios de viabilidad técnica fibra. ₡39.550,00*
  • Diseño de Alumbrado Público (para nuevas obras de iluminación en espacios públicos del área servida por CNFL): ₡0.00
  • Inspecciones relacionadas a solicitudes de diseños de red eléctrica. ₡75.400,00

*(El costo Incluye IVA)

Este trámite se puede realizar en:

  • En nuestra Agencia Virtual.
  • En Sucursales y Agencias de la CNFL.
  • Puede comunicarse a nuestra central de llamadas gratuitas 800-ENERGIA (800-3637442) o por medio del chat center donde nuestros ejecutivos le estarán atendiendo cualquier consulta relacionada con el trámite.

Otras disposiciones:

  • Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.
  • Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del solicitante, abonado(a) o usuario(a), mediante autorización para tramitar y firmar autenticada o con firma digital y otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo. La institución conservará el original de la autorización, el poder especial y las certificaciones de los poderes generales y generalísimos, entregará una copia de la autorización y del poder especial al autorizado o apoderado especial, según corresponda e indicará cuáles actos han sido ejecutados.
  • Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad.
  • Nuevo código eléctrico contemplado en el Decreto No. 36979-MEIC.
  • Tabla de Porcentajes Anuales de Depreciación de la Dirección General de Tributación Directa, del Ministerio de Hacienda.

Nota:

Cuando el documento sea autenticado por un abogado:

  1. El documento debe venir autenticado en papel regular(blanco).
  2. Debe traer el sello del Colegio de Abogados (tinta).
  3. El abogado debe de indicar que la firma es auténtica.
  4. Debe de contener el nombre completo del abogado autenticante y su firma.
  5. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Cuando el documento lo certifique un notario y no un abogado:

  1. La autenticación de la firma debe ser por medio de una “Razón Notarial”.
  2. Se debe presentar en papel de seguridad con código de barras, la respectiva firma del notario y sello blanco.
  3. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Conexión de desarrollos en zona de 13,8KV

Existen zonas en donde se debe de evaluar la conexión de las nuevas cargas relacionadas a nuevos desarrollos en las redes de distribución eléctrica con niveles de tensión de 13,8 KV, en la siguiente imagen se ejemplifica de manera general las zonas en donde se debe tomar en cuenta esta información:

Conexión de desarrollos en zona de 13,8KV

En resumen, todo desarrollo que se ubique dentro del “anillo” de circunvalación debe de ser energizado (al menos evaluado) en la red de 13,8KV. Es indispensable contactar al Área Diseño del Sistema de Distribución con el fin de resolver las consultas además de evaluar los casos particularmente.

Desarrollo de red subterránea

Todo nuevo desarrollo que requiera la conexión en la red distribución de CNFL ubicado en las zonas delimitadas en las siguientes imágenes, deben de contemplar instalación de red subterránea para energizar sus proyectos:

Desarrollo de red subterránea 1

Desarrollo de red subterránea 2

Ante cualquier consulta se debe contactar con el Área Diseño del Sistema de Distribución

Para este trámite debe cumplir con los requisitos generales y específicos

Gaceta No. 157, 18 de agosto 2014

De conformidad con la Ley 8990 del 27/09/2011, que modifica la Ley N° 8220 "Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos", según establece en su artículo 4, se procede a publicar la actualización de los requisitos para los trámites relacionados al servicio de suministro de energía eléctrica, brindado por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A. (CNFL)  Descripción de requisitos para Servicios Eléctricos que aplican para sectores de vías públicas en que la CNFL cuente con disponibilidad electro-energética:

  • Le recordamos que debe regirse con el nuevo código eléctrico contemplado en el Decreto No. 36979-MEIC.
  • Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad.

Generales

Para persona física

  • Original de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Para persona jurídica

  • Original de personería jurídica (no mayor a un mes de emitida).
  • Original de cédula de identidad de representante legal, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Nota: Para personas físicas y jurídicas, si quien se presenta a tramitar es una persona autorizada, se debe cumplir con lo estipulado en el punto dos del apartado “Otras Disposiciones”.

 

Para personas físicas y jurídicas

Los requisitos de este apartado son insumos indispensables en la mayoría de los tramites; de ahí, que cuando se indique en cada servicio “Requisitos Generales” se debe aportar, sin excepción, cada uno de los documentos:

    1. Completar formulario F-102:
    2. Número(s) de teléfono, dirección exacta, incluyendo Provincia, Cantón y Distrito, correo electrónico de la persona que solicita el servicio; en caso de empresas, suministrar sus calidades, incluyendo la cédula jurídica.
    3. Aportar Número de Identificación de Servicio (NISE), número de localización o de medidor, si el solicitante cuenta con un servicio en la propiedad donde requiere el servicio, o en su defecto, el NISE más cercano a la propiedad donde se requiere el servicio.
    4. Descripción detallada del servicio requerido.
    5. Nota de autorización por parte del dueño de la propiedad.
    6. Copia legible del plano de catastro de la propiedad.
    7. Certificación literal de la propiedad.
    8. Para condominios: Se debe presentar la certificación literal de la propiedad en donde indique que la naturaleza del terreno es un condominio.

 

Específicos

Servicios que brinda el Área de Diseño del Sistema de Distribución

Cada uno de los servicios que ofrece el Área de Diseño del Sistema de Distribución debe gestionarse de forma personal en Sucursales, Agencias y Módulos de CNFL, o bien a través de Agencia Virtual en el portal web de la CNFL y en algunos casos por correo electrónico al casillero This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it..

a. Solicitud de admisibilidad de diseños de red eléctrica de profesionales externos

Toda solicitud que proponga la construcción de obras privadas, dentro de los predios de los abonados o sobre vías públicas, pero de interés privado. Debe cumplir con el Manual de Criterios para el Diseño de Redes de Distribución Eléctrica.

Las obras en vía pública que se incluye en este servicio son:

  • Condominios o edificios de apartamentos.
  • Edificios de oficinas, supermercados, etc.
  • Urbanizaciones
  • Nuevos derechos de vía declarados como públicas por las Municipalidades.

Se exigirá presentar los siguientes requisitos:

Requisitos generales.

  • Planos sellados de baja tensión (En los casos que corresponda).
  • Plano(s) y especificaciones técnicas en formato PFD y sellados por el CFIA, donde debe aparecer el nombre del profesional responsable en la fase I, Planos de Construcción y Especificaciones Técnicas y fase II, Dirección Técnica, basados en las recomendaciones en el Manual de Criterios para el Diseño de Redes de Distribución Eléctrica.
  • Archivo en formato DWG según la estructura de capas del Manual de Criterios para el Diseño de Redes de Distribución Eléctrica
  • Archivo fotográfico según lo establecido en el Manual de Criterios para el Diseño de Redes de Distribución Eléctrica.
  • Memoria de cálculo.
  • Certificación literal de la propiedad (para efectos de proyectos en condominios)
  • Cancelar aporte económico por concepto de admisibilidad de proyectos externos.
  • La gestión debe realizarse por Agencia Virtual o alguna de las Sucursales.
  • El plazo para presentar los requisitos es de 10 días hábiles, de no presentarse los documentos en tiempo y forma el aporte económico no será reintegrado.

Validez de 1 año calendario una vez remitida la notificación oficial al buzón de correo electrónico aportado por el interesado.

b. Elaboración de diseño de red eléctrica (Estudios de Ingeniería)

Desarrollados por CNFL para la construcción de obras de interés general, pero solicitadas por terceros y que habrán de desarrollarse sobre vías o áreas públicas, para resolver necesidades de suministro eléctrico, adecuación de la infraestructura eléctrica; estas obras pueden ser de interés ciudadano, comunal, institucional o municipal.

Se requiere presentar los siguientes requisitos:

  • Requisitos generales.
  • Imágenes fotográficas panorámicas que respalden la solicitud.
  • Cancelar aporte económico por concepto de elaboración de diseños de carácter residencial. Para elaboración de diseños con requerimientos comerciales e industriales por favor dirigir su solicitud al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. o This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.
  • Certificado de alineamiento municipal (En los casos que corresponda)
  • La gestión debe realizarse por Agencia Virtual o alguna de las Sucursales .
  • Planos sellados de baja tensión (En los casos que corresponda)
  • El plazo para presentar los requisitos es de 10 días hábiles, de no presentarse los documentos en tiempo y forma el aporte económico no será reintegrado.

Validez de 1 año calendario una vez remitida la notificación oficial al buzón de correo electrónico aportado por el interesado.

c. Activos de CNFL mal ubicados

Necesidad de abonados o usuarios que requieren de la reubicación de algún activo de CNFL (poste o ancla) basados en los siguientes criterios:

  • Para las solicitudes de reubicación de un poste o anclaje que podría estar obstruyendo el acceso peatonal o vehicular a una propiedad con construcción nueva.
  • Para las solicitudes de reubicación de un poste o anclaje que podría estar obstruyendo el acceso peatonal o vehicular a una propiedad con construcción existente
  • Para las solicitudes de reubicación de registros, fosos, tableros de la red subterránea propiedad de CNFL.

Se requiere presentar los siguientes requisitos:

  • Requisitos generales
  • Imágenes panorámicas que respalden la solicitud.
  • Certificado de alineamiento municipal (En los casos que corresponda)
  • Presentar copia del plano sellado por el CFIA y permiso de construcción emitido por la Municipalidad correspondiente.
  • La gestión debe realizarse enviado la información al buzón de correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. o This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Una vez el Área de Diseño del Sistema de Distribución cuente con todos los requisitos solicitados, se procederá a coordinar una visita de inspección para determinar la modalidad de trámite según corresponda.

d. Estudios de Cargabilidad (transformadores)

Trámite de solicitudes que requieren la instalación de nuevas cargas (medidores) a la red pública existente.

Se requiere presentar los siguientes requisitos:

  • Generales.
  • Plano eléctrico de baja tensión sellado por CFIA o memoria de cálculo sellada por profesional responsable (según sea el caso).
  • Cancelar aporte económico por concepto de Estudio de Cargabilidad
  • La gestión debe realizarse por Agencia Virtual o alguna de las Sucursales

e. Solicitud de viabilidad eléctrica y no afectación a tendidos eléctricos

Se solicita en base reglamento municipal para el otorgamiento de licencias para infraestructura de telecomunicaciones.

Se requiere presentar los siguientes requisitos:

f. Solicitud distancia mínima de resguardo

Constancia de distancia mínima de resguardo entre el tanque de almacenamiento de combustible con respecto a líneas de distribución aéreas o subterráneas de media tensión. Requisito solicitud de requisito por la Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustibles (DGTCC)

Se requiere presentar los siguientes requisitos:

  • Formulario de Solicitud corriente de corto circuito
  • Plano catastro de la propiedad legible e indicado en la misma la ubicación del tanque de almacenamiento de combustible o el Plano de diseño de sitio de la obra a realizar con la ubicación del tanque.

g. Solicitud de corrientes de corto circuito

Se remiten las magnitudes de las corrientes de cortocircuito, nombre de alimentador, tensión de servicio y las impedancias del sistema eléctrico de potencia de CNFL.

Se requiere presentar los siguientes requisitos:

  • Formulario de Solicitud corriente de corto circuito
  • La gestión debe realizarse enviado la información al buzón de correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. o This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

h. Solicitud de inspección para diseños externos

Se solicita en los casos que el profesional a cargo de un proyecto requiera aclarar una duda sobre la infraestructura eléctrica a modificar.

Se requiere presentar los siguientes requisitos:

  • Cancelar aporte económico por concepto de Inspecciones relacionadas a solicitudes de diseños de red eléctrica.
  • Completar formulario F-102
  • Copia legible del plano de catastro de la propiedad
  • Anteproyecto de la infraestructura eléctrica

Políticas para el trámite de proyectos de media y baja tensión

Descripción

Descargar

Manual de criterios de uso de los estándares constructivos redes compactas

Formulario de solicitud de certificación de distancia de resguardo

Solicitud de corrientes de corto circuito

Solicitud de disponibilidad V1_2021

Solicitud de viabilidad técnica de postes

Nota autorización

Distribución de espacios en postes

Especificación técnica luminarias para alumbrado público tipo horizontal cerrada tecnología LED (Formato PDF)

Estándares constructivos redes aéreas

Estándares constructivos redes compactas

Manual de criterios de uso de los estándares constructivos de redes aéreas

Manual de podas en líneas eléctricas

F-102 Solicitud de diseño de red eléctrica

Procedimiento: Gestión de la viabilidad ambiental para actividades, obras y proyectos

F-447 autorización para instalación de anclajes dentro de propiedades privadas (Personas jurídicas)

F-447 autorización para instalación de anclajes dentro de propiedades privadas (Personas físicas)

Directriz para la constitución de la servidumbre eléctrica o de paso

Manual de criterios para el diseño de redes aéreas de distribución eléctrica

Presentación CNFL: Nuevas políticas para el trámite de proyectos de media y baja tensión

Presentación CFIA: Media Tensión

Estructura de las capas que deben contener los planos

Denominación de cada capa

Requisitos Técnicos

Visitar el siguiente enlace: Normativa Técnica Nacional ARESEP

Recuerde contratar al Ingeniero de su confianza para que le asesore adecuadamente con el cumplimiento de estos requisitos.

 

Aspectos Generales

Descripción del trámite

La solicitud de estudio de ingeniería de alumbrado público se puede presentar ya sea para solicitar la instalación de postes exclusivos de alumbrado público con luminaria, instalación de luminarias en postes de distribución existentes en el terreno, iluminación de bulevares o instalación de alumbrado en parques municipales.

Documentos Vinculantes

  • Norma “AR-NT-SUCOM "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión" emitida por la ARESEP.

Este trámite se puede realizar en:

  • Enviando un correo electrónico a This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.; para tal efecto se dispone de 10 días hábiles para dar respuesta al correo según Ley 9097 de Regulación del Derecho de Petición, Artículo 6, para resolución una vez presentados los requisitos completos.
  • En sucursales y agencias de la CNFL.
  • Puede comunicarse a nuestra central de llamadas gratuitas 800-ENERGIA (800-3637442) o por medio del chat center donde nuestros ejecutivos le estarán atendiendo cualquier consulta relacionada con el trámite.

Otras disposiciones

  • Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.
  • Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del solicitante, abonado(a) o usuario(a), mediante autorización para tramitar y firmar autenticada o con firma digital y otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo. La institución conservará el original de la autorización, el poder especial y las certificaciones de los poderes generales y generalísimos, entregará una copia de la autorización y del poder especial al autorizado o apoderado especial, según corresponda e indicará cuáles actos han sido ejecutados.
  • Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad.
  • Nuevo código eléctrico contemplado en el Decreto No. 36979-MEIC.

Nota:

Cuando el documento sea autenticado por un abogado:

  1. El documento debe venir autenticado en papel regular(blanco).
  2. Debe traer el sello del Colegio de Abogados (tinta).
  3. El abogado debe de indicar que la firma es auténtica.
  4. Debe de contener el nombre completo del abogado autenticante y su firma.
  5. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Cuando el documento lo certifique un notario y no un abogado:

  1. La autenticación de la firma debe ser por medio de una “Razón Notarial”.
  2. Se debe presentar en papel de seguridad con código de barras, la respectiva firma del notario y sello blanco.
  3. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Para este trámite debe cumplir con los requisitos generales y específicos

Generales

Para persona física

  • Original de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Para persona jurídica

  • Original de personería jurídica (no mayor a un mes de emitida).
  • Original de cédula de identidad de representante legal, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Nota: Para personas físicas y jurídicas, si quien se presenta a tramitar es una persona autorizada, se debe cumplir con lo estipulado en el punto dos del apartado “Otras Disposiciones”.

Específicos

  • Carta firmada por el solicitante, indicando el servicio requerido, aportando datos como la dirección, personas y teléfonos de contacto, medios de notificación (correo electrónico), así como la localización del servicio eléctrico (NISE) donde facturar o a utilizar como referencia. La carta debe ser dirigida a la Sra. Natalia Picado Vargas quien es la Jefatura de la Unidad Alumbrado Público y firmada por el solicitante.
  • Es posible que posterior a la inspección por parte del área encargada se soliciten datos adicionales para determinar si donde se desea la ubicación de nueva luminaria es un espacio público.

Aspectos Generales

Descripción del trámite

Es aquel servicio eléctrico que se brinda para eventos especiales y otros con una duración no mayor a un mes. Ejemplos: Ferias, turnos, circos, conciertos transmisiones de televisión y otros.

Documentos Vinculantes

  • Norma “AR-NT-SUCOM "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión" emitida por la ARESEP.

Costo del trámite

  • Variable: el monto está determinado por la tarifa vigente.

Plazo de resolución

  • Dentro de los siguientes 5 días hábiles contados a partir de la firma del contrato para servicios en baja tensión sin demanda, siempre y cuando el punto de conexión y la instalación cumplan con lo que establece la norma técnica “Supervisión de la instalación y equipamiento de acometidas eléctricas" (AR-NT-SUINAC Artículo 29).

Este trámite se puede realizar en:

  • En Sucursales y Agencias de la CNFL.
  • Puede comunicarse a nuestra central de llamadas gratuitas 800-ENERGIA (800-3637442) o por medio del chat center donde nuestros ejecutivos le estarán atendiendo cualquier consulta relacionada con el trámite.

Otras disposiciones

  • Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.
  • Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del solicitante, abonado(a) o usuario(a), mediante autorización para tramitar y firmar autenticada o con firma digital y otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo. La institución conservará el original de la autorización, el poder especial y las certificaciones de los poderes generales y generalísimos, entregará una copia de la autorización y del poder especial al autorizado o apoderado especial, según corresponda e indicará cuáles actos han sido ejecutados.
  • Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad.
  • Nuevo código eléctrico contemplado en el Decreto No. 36979-MEIC.

Nota:

Cuando el documento sea autenticado por un abogado:

  1. El documento debe venir autenticado en papel regular(blanco).
  2. Debe traer el sello del Colegio de Abogados (tinta).
  3. El abogado debe de indicar que la firma es auténtica.
  4. Debe de contener el nombre completo del abogado autenticante y su firma.
  5. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Cuando el documento lo certifique un notario y no un abogado:

  1. La autenticación de la firma debe ser por medio de una “Razón Notarial”.
  2. Se debe presentar en papel de seguridad con código de barras, la respectiva firma del notario y sello blanco.
  3. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Para este trámite debe cumplir con los requisitos generales y específicos

Generales

Para persona física

  • Original de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Para persona jurídica

  • Original de personería jurídica (no mayor a un mes de emitida).
  • Original de cédula de identidad de representante legal, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Nota: Para personas físicas y jurídicas, si quien se presenta a tramitar es una persona autorizada, se debe cumplir con lo estipulado en el punto dos del apartado “Otras Disposiciones”.

Específicos

  • Cancelar el depósito de garantía y consumo estimado según documentación aportada correspondiente al servicio solicitado en ventanilla al momento del trámite, el cual está aprobado por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
  • Aportar estado civil y ocupación de la persona a nombre de quien se registrará el servicio o de la persona apoderada en caso de sociedades con el fin de completar el "Contrato Suministro Eléctrico".
  • Número de NISE o medidor más cercano.
  • Solicitud por escrito remitida con una semana de antelación, firmada (manuscrito o digital) por el representante legal y debe contener: Número de contrato (NISE) y/o medidor de referencia y número de contrato (NISE) y/o medidor en la cual se cargará el saldo del consumo del servicio brindado una vez finalizada la prestación del servicio. Dirección exacta donde se realizará el evento incluyendo provincia, cantón y distrito. Indicar carga requerida y detalle de los equipos que se utilizarán para el servicio (bombillo, plantas, sistemas de enfriamiento, etc). Aportar los días que se requiere el servicio y las horas, aportar teléfono y dirección y el nombre de la persona a cargo en el sitio.
  • Aportar número de “Solicitud de Sellado de Planos Eléctricos” emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA), para la solicitud de conexión de servicio referente a la presentación de los planos eléctricos.
  • Presentar original del permiso de instalación emitido por la autoridad competente (Municipalidad o MOPT).
  • Abonado no debe contar con deudas pendientes de pago con la empresa.

Referencias

Aspectos Generales

Descripción del trámite

Son aquellos servicios eléctricos que tienen por objetivo la alimentación de rótulos luminosos, paradas de autobús, semáforos y vallas publicitarias de carretera, casetas telefónicas, fuentes de poder de empresas comercializadoras de televisión por cable.

Documentos Vinculantes

  • Norma “AR-NT-SUCOM "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión" emitida por la ARESEP

Costo del trámite

  • El monto está determinado por la tarifa vigente.

Plazo de resolución

  • 8 días hábiles 

Este trámite se puede realizar en:

  • Enviando un correo electrónico a This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.; para tal efecto se dispone de 10 días hábiles para dar respuesta al correo según Ley 9097 de Regulación del Derecho de Petición, Artículo 6, para resolución una vez presentados los requisitos completos.
  • En Sucursales y Agencias de la CNFL.
  • Puede comunicarse a nuestra central de llamadas gratuitas 800-ENERGIA (800-3637442) o por medio del chat center donde nuestros ejecutivos le estarán atendiendo cualquier consulta relacionada con el trámite.

Otras disposiciones

  • Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.
  • Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del solicitante, abonado(a) o usuario(a), mediante autorización para tramitar y firmar autenticada o con firma digital y otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo. La institución conservará el original de la autorización, el poder especial y las certificaciones de los poderes generales y generalísimos, entregará una copia de la autorización y del poder especial al autorizado o apoderado especial, según corresponda e indicará cuáles actos han sido ejecutados.
  • Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad.
  • Nuevo código eléctrico contemplado en el Decreto No. 36979-MEIC.

Nota:

Cuando el documento sea autenticado por un abogado:

  1. El documento debe venir autenticado en papel regular(blanco).
  2. Debe traer el sello del Colegio de Abogados (tinta).
  3. El abogado debe de indicar que la firma es auténtica.
  4. Debe de contener el nombre completo del abogado autenticante y su firma.
  5. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Cuando el documento lo certifique un notario y no un abogado:

  1. La autenticación de la firma debe ser por medio de una “Razón Notarial”.
  2. Se debe presentar en papel de seguridad con código de barras, la respectiva firma del notario y sello blanco.
  3. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Para este trámite debe cumplir con los requisitos generales y específicos

Generales

Para persona física

  • Original de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Para persona jurídica

  • Original de personería jurídica (no mayor a un mes de emitida).
  • Original de cédula de identidad de representante legal, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Nota: Para personas físicas y jurídicas, si quien se presenta a tramitar es una persona autorizada, se debe cumplir con lo estipulado en el punto dos del apartado “Otras Disposiciones”.

Específicos

  • Cumplir con lo dispuesto en la Norma Técnica “Supervisión de la instalación y equipamiento de acometidas eléctricas” (AR-NT-SUINAC) y con lo dispuesto en el Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad. 
  • Copia del permiso de instalación emitido por la autoridad competente (Municipalidad o MOPT)
  • Aportar número de “Solicitud de Sellado de Planos Eléctricos” emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA), para la solicitud de conexión de servicio provisional; en caso de ser servicio definitivo se utilizará el mismo número aportado para consultar en línea ante el CFIA, el cumplimiento del requisito “Constancia de recibido”, referente a la presentación de los planos eléctricos.
  • Cancelar el depósito de garantía correspondiente cuyo monto está determinado por la tarifa vigente. 
  • Cuando se requiera se deberá tramitar con la CNFL el estudio técnico que determine la viabilidad para la instalación del servicio. Se deberá medir la capacidad electro energética de la red de distribución en el inmueble del solicitante. 
  • En los casos donde no se requiera estudio técnico se deberá medir la capacidad electro energética de la red de distribución en el inmueble del solicitante.
  • Número de teléfono, dirección exacta incluyendo provincia, cantón y distrito, correo electrónico.
  • Aportar estado civil y ocupación de la persona a nombre de quien se registrará el servicio o de la persona apoderada en caso de sociedades con el fin de completar el "Contrato Suministro Eléctrico".
  • Número de NISE o medidor más cercano.
  • Abonado no debe contar con deudas pendientes de pago con la empresa.

Referencias

Aspectos Generales

Descripción del trámite

Servicio de instalación de transformador que se brinda a solicitud del interesado para suplir de energía eléctrica un evento específico con tiempo definido. Dentro del área servida por CNFL y que las condiciones de la red eléctrica lo permitan.

Documentos Vinculantes

  • Norma “AR-NT-SUCOM "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión" emitida por la ARESEP

Costo del trámite

  • No tiene costo

Plazo de resolución

  • 30 días naturales

Este trámite se puede realizar en:

  • Enviando un correo electrónico a This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.; para tal efecto se dispone de 10 días hábiles para dar respuesta al correo según Ley 9097 de Regulación del Derecho de Petición, Artículo 6, para resolución una vez presentados los requisitos completos.
  • En Sucursales y Agencias de la CNFL.
  • Puede comunicarse a nuestra central de llamadas gratuitas 800-ENERGIA (800-3637442) o por medio del chat center donde nuestros ejecutivos le estarán atendiendo cualquier consulta relacionada con el trámite.

Otras disposiciones

  • Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.
  • Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del solicitante, abonado(a) o usuario(a), mediante autorización para tramitar y firmar autenticada o con firma digital y otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo. La institución conservará el original de la autorización, el poder especial y las certificaciones de los poderes generales y generalísimos, entregará una copia de la autorización y del poder especial al autorizado o apoderado especial, según corresponda e indicará cuáles actos han sido ejecutados.
  • Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad.
  • Nuevo código eléctrico contemplado en el Decreto No. 36979-MEIC.
  • Tabla de Porcentajes Anuales de Depreciación de la Dirección General de Tributación Directa, del Ministerio de Hacienda.

Nota:

Cuando el documento sea autenticado por un abogado:

  1. El documento debe venir autenticado en papel regular(blanco).
  2. Debe traer el sello del Colegio de Abogados (tinta).
  3. El abogado debe de indicar que la firma es auténtica.
  4. Debe de contener el nombre completo del abogado autenticante y su firma.
  5. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Cuando el documento lo certifique un notario y no un abogado:

  1. La autenticación de la firma debe ser por medio de una “Razón Notarial”.
  2. Se debe presentar en papel de seguridad con código de barras, la respectiva firma del notario y sello blanco.
  3. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Norma Técnica Regulatoria: AR-NT-SUCOM Artículo 57. Reclamos por daños

Cuando el abonado o usuario sufra daños en sus equipos o artefactos eléctricos o en su propiedad, por causa de la calidad del suministro de energía y éste considere que existe responsabilidad por parte de la empresa eléctrica, deberá presentar su reclamo ante esa empresa a más tardar ocho días hábiles después de sucedido el hecho.  Asimismo, si se producen daños en la producción, deberá la empresa eléctrica, cuando en derecho corresponda, resarcir los mismos. La indemnización, en sede administrativa, no contempla el lucro cesante o las ganancias dejadas de percibir por los daños en la producción. La empresa eléctrica realizará el estudio respectivo y comunicará por escrito al abonado o usuario, la resolución de su reclamo en un plazo máximo de 5 días hábiles. Si el resultado de su gestión no es satisfactorio a sus intereses, el abonado o usuario podrá presentar las impugnaciones señaladas en la Ley General de la Administración Pública o acudir a la ARESEP a plantear la queja correspondiente.

Para este trámite debe cumplir con los requisitos generales y específicos

De conformidad con la Ley 8990 del 27/09/2011, que modifica la Ley N° 8220 "Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos", según establece en su artículo 4, se procede a publicar la actualización de los requisitos para los trámites relacionados al servicio de suministro de energía eléctrica, brindado por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A. (CNFL). Descripción de requisitos para Servicios Eléctricos que aplican para sectores de vías públicas en que la CNFL cuente con disponibilidad electro-energética.

Generales

Para persona física

  • Original de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Para persona jurídica

  • Original de personería jurídica (no mayor a un mes de emitida).
  • Original de cédula de identidad de representante legal, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Nota: Para personas físicas y jurídicas, si quien se presenta a tramitar es una persona autorizada, se debe cumplir con lo estipulado en el punto dos del apartado “Otras Disposiciones”.

Específicos

  • Presentar solicitud de sellado de planos eléctricos vigente y en caso de ser definitivo la boleta “Constancia de Recibido”, emitida por el (CFIA), firmadas por el profesional responsable de la obra eléctrica.
  • Cancelar el monto de garantía correspondiente.
  • Emitir nota firmada por la persona física o jurídica solicitando el servicio en la que se indique:

a)  Número de localización o medidor de referencia

b)  Indicar la carga y voltaje del transformador solicitado.

c)  Definir el tiempo requerido del servicio.

  • Firmar solicitud (Firma manuscrita o Firma digital).

Referencias

  • Número de teléfono, dirección exacta por provincia, cantón y distrito, correo electrónico.
  • Pagar el depósito de garantía aprobado por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos correspondiente al servicio solicitado, el mismo se realiza al ser atendido en ventanilla.
  • Localización, número de contrato o número de medidor del servicio.
  • Servicio debe encontrarse al día con el pago de sus obligaciones.
  • Firma de solicitud y/o contratos de aceptación correspondientes (en nuestras agencias).
  • Técnica: Visitar el siguiente enlace: Normativa Técnica Nacional ARESEP