Suministro Eléctrico para Inmuebles

Aspectos Generales

Descripción del servicio

Servicio que se brinda para disponer de un sistema de medición a inmuebles residenciales, comerciales o industrias, el cual puede ser con una conexión monofásica o trifásica, y con voltajes 120/240v, 120/208, 240/480v, y 277/480v. La definición del tipo de conexión y voltaje será definida por el ingeniero eléctrico contratado para la obra.

Contrato Suministro Eléctrico

Tarifas Vigentes

Nota: Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del solicitante, abonado(a) o usuario(a), mediante autorización para tramitar y firmar autenticada por abogada (o) o con firma digital y otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo. La institución conservará el original de la autorización, el poder especial y las certificaciones de los poderes generales y generalísimos, entregará una copia de la autorización y del poder especial al autorizado o apoderado especial, según corresponda e indicará cuáles actos han sido ejecutados.

Requisitos Generales

Para persona física

  • Cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Para persona jurídica

  • Original de personería jurídica (no mayor a un mes de emitida).
  • Original de cédula de identidad de representante legal, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Documentos Vinculantes

  • Ley General de la Administración Pública
  • Ley 8990 del 27/09/2011, que modifica la Ley N° 8220 "Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos".
  • Gaceta No. 157, 18 de agosto 2014
  • Decreto No. 36979-MEIC
  • Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad
  • Normativa Técnica Nacional ARESEP

Gestiones Adicionales

Puede encontrar en la siguiente lista, todas las gestiones adicionales del servicio de suministro eléctrico para inmuebles.