
Dispositivos de Protección
La CNFL pone a disposición de sus clientes soluciones confiables para los inmuebles que permiten proteger los equipos contra picos de voltaje y el cumplimiento del Código Eléctrico Nacional (NFPA 70 del NEC – Art. 230.67)
Adquiera con nosotros estos equipos de protección de contado o crédito a 3 y 6 meses plazo por medio de su factura eléctrica. Conozca más detalles en la siguiente información o descargue el documento informativo. Oferta Comercial Supresores de picos.
Opción 1: Base de medidor marca Esagi certificada con breaker incorporado + Supresor modelo DS72
Aspectos técnicos:
Precio de contado: $242,24 IVAI
Financiamiento:
- Plazo 3 meses
- Cuota mensual $86,39 IVAI
- Monto total $259,17 IVAI
- Plazo 6 meses
- Cuota mensual $46,02 IVAI
- Monto total $276,10 IVAI
El cargo se aplica en colones según el tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica el día de la facturación. Financiamiento brindado por ItecPro. Tasa de interés nominal anual y Tasa de interés total anual: 27,96% . No aplica comisiones.
Opción 2: Base de medidor marca Esagi certificada con breaker incorporado
Aspectos técnicos:
Precio de contado: $119,33 IVAI
Financiamiento:
- Plazo 3 meses
- Cuota mensual $42,56 IVAI
- Monto total $127,67 IVAI
- Plazo 6 meses
- Cuota mensual $22,67 IVAI
- Monto total $136,01 IVAI
El cargo se aplica en colones según el tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica el día de la facturación. Financiamiento brindado por ItecPro. Tasa de interés nominal anual y Tasa de interés total anual: 27,96% . No aplica comisiones.
Opción 3: Supresores marca CITEL
Aspectos técnicos:
Precio de contado: $116,34 IVAI
Financiamiento:
- Plazo 3 meses
- Cuota mensual $41,49 IVAI
- Monto total $124,48
- Plazo 6 meses
- Cuota mensual $22,10 IVAI
- Monto total $132,61 IVAI
El cargo se aplica en colones según el tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica el día de la facturación. Financiamiento brindado por ItecPro. Tasa de interés nominal anual y Tasa de interés total anual: 27,96% . No aplica comisiones.
Supresor Modelo M25
Aspectos técnicos:
Precio de contado: $119,33 IVAI
Financiamiento:
- Plazo 3 meses
- Cuota mensual $42,56 IVAI
- Monto total $127,67 IVAI
- Plazo 6 meses
- Cuota mensual $22,67 IVAI
- Monto total $136,01 IVAI
El cargo se aplica en colones según el tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica el día de la facturación. Financiamiento brindado por ItecPro. Tasa de interés nominal anual y Tasa de interés total anual: 27,96% . No aplica comisiones.
Supresor Modelo M50
Aspectos técnicos:
Precio de contado: $184,42 IVAI
Financiamiento:
- Plazo 3 meses
- Cuota mensual $65,77 IVAI
- Monto total $197,31 IVAI
- Plazo 6 meses
- Cuota mensual $35,03 IVAI
- Monto total $210,20 IVAI
El cargo se aplica en colones según el tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica el día de la facturación. Financiamiento brindado por ItecPro. Tasa de interés nominal anual y Tasa de interés total anual: 27,96% . No aplica comisiones.
¿Cómo puede adquirirlos?
Puede adquirir sus dispositivos de protección directamente en cualquiera de nuestras sucursales o agencias. (Ver aquí vínculo a https://www.cnfl.go.cr/contacto/sucursales )
Opciones de pago
El cliente puede adquirir los paquetes de la oferta comercial de contado o crédito a 3 y 6 meses y pagarlo mensualmente a través de la factura de energía eléctrica.


Compra de contado:
Es una opción para el público en general y solamente debe apersonarse a cualquiera de las agencias de CNFL, elegir la opción de su gusto y cancelar el costo correspondiente.
Compras de crédito:
Requisitos:
- El producto debe ser adquirido por el titular del servicio eléctrico, o presentar la autorización del titular, debidamente firmada y autenticada por un abogado y acompañado con la copia de la cédula de identidad de este.
- El cliente no debe tener deudas con la CNFL al momento de la compra y contar con una antigüedad de al menos 6 meses en su servicio eléctrico y contar con un scoring inferior al 20% en el sistema comercial.
- Presentar su cédula de identidad e indicar el plazo de su preferencia (3 o 6 meses) e indicar el número de NISE donde se cargarán las mensualidades de los productos o servicios.
- En caso de que la compra a Crédito supere los $500.00 el cliente debe contar con una calificación positiva por parte de la empresa crediticia habilitada. El financiamiento es brindado con una Tasa de interés nominal anual y Tasa de interés total anual: 27,96%.
Todos los dispositivos cuentan con 1 año de garantía. Certificamos que todos los productos son nuevos, de última tecnología y que los diseños y materiales empleados garantizan la operación, capacidades y eficiencias asignadas por el fabricante.
Para gestionar la garantía, los clientes deben notificar a ItecPro Electric para que valide y verifique dicha garantía a los siguientes medios de contacto:
-
Correo electrónico:
This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. - WhatsApp 6441-7441
No aplica garantía en casos como mala instalación, voltaje no correspondiente, accidente, reparación inapropiada de producto.
Suscríbase y reciba información actualizada sobre Dispositivos de protección y actividades especiales:

Puede adquirir sus dispositivos de protección directamente en cualquiera de nuestras sucursales o agencias. (Ver aquí vínculo a www.cnfl.go.cr/contacto/sucursales )
Los dispositivos tienen un año de garantía contra defectos de fábrica. Para gestionar la garantía pueden contactar a ItecPro Electric a los siguientes contactos:
Correo electrónico:
WhatsApp 6441-7441(vínculo a wa.me/50664417441)
Lo dispositivos supresores deben ser instalados por personal técnico calificado contratado directamente por el cliente. Por el momento, CNFL no ofrece el servicio de instalación.
Es necesario ser dueño de un servicio eléctrico, pues el cobro del financiamiento se realiza por medio de la factura eléctrica. En caso de las compras a Crédito el cliente debe contar con una calificación positiva por parte de la empresa crediticia habilitada.
Es un dispositivo que se usa para proteger los equipos eléctricos y electrónicos de picos de voltaje momentáneos o transitorios, que pueden ocurrir en la red eléctrica o a lo interno de la inmueble. Estos picos pueden ser causados por eventos como rayos, conmutaciones de cargas eléctricas grandes, arranques de motores a lo interno del inmueble o fallas en el sistema eléctrico. El supresor de transientes actúa absorbiendo y desviando estos picos de voltaje para evitar que lleguen a los dispositivos conectados y los dañen.
Debería ser el profesional responsable que le indique el dispositivo de protección que requiere. Indicado lo anterior, se debe tomar en cuenta lo siguiente:
- Antes de instalar dispositivo, verifique que el voltaje de la placa de identificación tenga la misma tensión nominal del sistema de distribución de energía. Use el voltímetro para verificar los voltajes y asegurar un SPD correcto.
- Asegúrese de que el sistema esté conectado a tierra según NEC® y libre de fallas antes de energizar SPD (problema fallas en el sistema eléctrico pueden dañar el SPD).
- Determine la ubicación de montaje y resistencia a la intemperie.
- Que el supresor cuente con la certificación UL1449, 5ed.
Se ofrece una garantía de 1 año, contra defectos de fabricación. En caso de que el supresor presente alguna alteración se recomienda la sustitución.
En el caso del modelo DS72, se puede verificar en las ventas como se muestra en la imagen. Cuando se dañan se colocan en rojo.
En el caso del dispositivo encapsulado Modelo M25 y M50 emite un sonido/alarma y se apaga la o las luces led de color verde.
CNFL sólo venderá supresores Tipo 1. La principal diferencia entre los supresores de sobretensión tipo 1 y tipo 2 radica en el lugar donde se instalan.
Los supresores de sobretensión tipo 1 se instalan desde el medidor y hasta la carga final, y es el único que protege contra rayería o descargas atmosféricas. Es importante recalcar que el Tipo 1 es a su vez Tipo 2.
Por otro lado, los supresores de sobretensión tipo 2 se instalan aguas abajo, del tablero principal en adelante, para proteger los equipos sensibles y críticos. El supresor Tipo 2, no protege contra la rayería.
Según lo que establece el Código Eléctrico Nacional (NEC) 2020 considerando la norma NFPA 70, donde se han introducido cambios significativos para mejorar la seguridad y eficiencia en las instalaciones eléctricas; indica en el artículo 230.67-Protección contra sobretensiones, que todos los servicios que suministran unidades de alojamiento deben contar con un producto de protección contra sobretensiones (SPD), siendo parte integral del equipo de servicio o ubicadas inmediatamente adyacente al mismo; y el SPD debe ser un SPD tipo 1 o tipo 2 utilizado para todas la acometidas nuevas o aquellas a las que se les realice alguna mejora.