Gestiones Adicionales para los Servicios Eléctricos

Aspectos Generales

Descripción del trámite

Documento que se emite a toda persona, sea física o jurídica, que requiere certificación de que en el lote o inmueble existe disponibilidad de servicio eléctrico, este documento se brinda de manera exclusiva a propiedades dentro del área servida de la CNFL.

Documentos Vinculantes

  • Norma “AR-NT-SUCOM "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión" emitida por la ARESEP.
  • Ley 7600
  • Manual para Redes de Distribución Eléctrica Subterránea ICECIEMI-CNFL

Costo del trámite

  • No tiene costo.

Plazo de resolución

  • 10 días hábiles una vez cumplidos los requisitos administrativos.

Este trámite se puede realizar en:

  • Enviando un correo electrónico a This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.; para tal efecto se dispone de 10 días hábiles para dar respuesta al correo según Ley 9097 de Regulación del Derecho de Petición, Artículo 6, para resolución una vez presentados los requisitos completos.
  • En sucursales y agencias de la CNFL.
  • Puede comunicarse a nuestra central de llamadas gratuitas 800-ENERGIA (800-3637442) o por medio del chat center donde nuestros ejecutivos le estarán atendiendo cualquier consulta relacionada con el trámite.

Otras disposiciones

  • Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.
  • Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del solicitante, abonado(a) o usuario(a), mediante autorización otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo. La institución conservará el original de la autorización, el poder especial y las certificaciones de los poderes generales y generalísimos, entregará una copia de la autorización y del poder especial al autorizado o apoderado especial, según corresponda e indicará cuáles actos han sido ejecutados.
  • Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad.
  • Nuevo código eléctrico contemplado en el Decreto No. 36979-MEIC.

Nota:

Cuando el documento sea autenticado por un abogado:

  1. El documento debe venir autenticado en papel regular(blanco).
  2. Debe traer el sello del Colegio de Abogados (tinta).
  3. El abogado debe de indicar que la firma es auténtica.
  4. Debe de contener el nombre completo del abogado autenticante y su firma.
  5. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Cuando el documento lo certifique un notario y no un abogado:

  1. La autenticación de la firma debe ser por medio de una “Razón Notarial”.
  2. Se debe presentar en papel de seguridad con código de barras, la respectiva firma del notario y sello blanco.
  3. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Para este trámite debe cumplir con los requisitos generales y específicos

De conformidad con la Ley 8990 del 27/09/2011, que modifica la Ley N° 8220 "Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos", según establece en su artículo 4, se procede a publicar la actualización de los requisitos para los trámites relacionados al servicio de suministro de energía eléctrica, brindado por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A. (CNFL). Descripción de requisitos para Servicios Eléctricos que aplican para sectores de vías públicas en que la CNFL cuente con disponibilidad electro-energética:

Generales

Para persona física

  • Original de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Para persona jurídica

  • Original de personería jurídica (no mayor a un mes de emitida).
  • Original de cédula de identidad de representante legal, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Nota: Para personas físicas y jurídicas, si quien se presenta a tramitar es una persona autorizada, se debe cumplir con lo estipulado en el punto dos del apartado “Otras Disposiciones”.

Específicos

  • Solicitante no debe contar con deudas pendientes de pago con la empresa.
  • Presentar número completo del plano catastro de la propiedad, para su consulta en línea. Ejemplo SJ-00001-2015.
  • Solicitud por escrito de la persona dueña registral o interesada donde se indique los detalles de la propiedad donde requiere la disponibilidad del servicio eléctrico, la nota presentada debe tener los siguientes datos:
    • Dirección exacta.
    • Número de NISE (contrato), localización o número de medidor del servicio eléctrico más cercano.
    • Número telefónico de contacto.
    • Correo electrónico (No obligatorio si el trámite se realiza de manera presencial en alguna de nuestras sucursales o agencias).

Referencias

Imagen de una libreta que hace referencia a Facturación ElectrónicaNuestros abonados tienen acceso a Factura Electrónica

- Desde el 1 de Noviembre de 2018.

- Más de 565.000 abonados

- Según Resolución R-DGT-048-2016.

 

 

Con la supresión de la impresión de la factura física, la CNFL pone a disposición de nuestros clientes el envío de la factura digital, para lo cual le agradecemos llenar el siguiente formulario:

Formulario de Solicitud de Eco Factura.

En el formulario deberá adjuntar identificación vigente del dueño del servicio; en caso de sociedades, personería jurídica con no más de un mes de emitida e identificación del representante legal.

Detalle

En la última factura impresa que se le envíe al cliente, la CNFL incluirá  un aviso donde se le comunica sobre la supresión de facturas y se le insta a solicitar el envío de su factura por correo electrónico. Además se entregará una tarjeta (en papel) al cliente donde podrá anotar su número de NISE y Localización, esta es información importante para realizar los pagos en cualquiera de nuestros entes recaudadores internos y externos. Cada Sucursal debe entregar estos avisos y tarjetas a Correos de Costa Rica para que ellos las anexen a las facturas en el mes que corresponda.

La CNFL le ofrece a sus clientes más de 4.000 puntos de pagos donde pueden cancelar su factura, estos son únicamente los recaudadores externos, por ejemplo entidades financieras y todos los recaudadores de la red BN Servicios que abarcan desde supermercados hasta pulperías.

Nuestros clientes pueden obtener información sobre su facturación por varios medios:

  • Mensajes de texto o SMS donde la CNFL le reporta al cliente el monto de su facturación y la fecha del vencimiento.
  • También tenemos la opción de consultar el monto de la factura pendiente desde nuestro sitio web.
  • Otra facilidad que tienen los clientes de CNFL es consultar su facturación desde el APP de la CNFL, esto lo pueden descargar desde sus teléfonos celulares y con esta aplicación tendrán acceso a datos importantes sobre su facturación. d. Adicional a esto nuestros clientes se pueden afiliar para recibir mensualmente su facturación por medio del correo electrónico.

¿Donde solicitar su Eco Factura?

Los medios donde el cliente puede solicitar el envío de la factura por medio de correo electrónico son:

Sitio web:

www.cnfl.go.cr

Correo electrónico:

This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Línea telefónica:

800-energia (800-3637442)

Sucursales y Agencias de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A.

Redes Sociales:

Facebook / Twitter

WhatsApp (8319-5273)

Beneficios

¿Qué beneficios tiene nuestro cliente al solicitar el envío de facturas a su correo electrónico?:

  • La factura llegará directamente a su correo, razón por la cual únicamente quien administra el correo tendrá acceso a estos datos.
  •  La información del monto a pagar por su factura le llegará de manera  inmediata.
  • Su factura puede ser consultada desde cualquier dispositivo.

La Dirección de Comercialización, a través del Sistema de Procesamiento Comercial (SIPROCOM), desarrolló el nuevo formato, el cual incorpora los siguientes cambios:

Dirección por provincia, cantón y distrito para una ubicación más exacta y completa del cliente.

  • Subestación y circuito: estos datos permitirán al cliente conocer y tener un mayor detalle de la ubicación de su servicio dentro de la red de distribución de la CNFL
  • Inclusión de “Costo por kWh de alumbrado público”, para facilitarle al cliente sus cálculos.
  • Formato de hoja entera para una mejor distribución y mayor espacio en los campos de información.
  • Cintillo inferior con todos los medios de contacto brindándole así al cliente facilidad de comunicación y la posibilidad de realizar trámites y consultas.
  • Reverso con información valiosa de interés (Servicios de la Agencia Virtual, facilidades de la App).

Para ver el detalle en cada factura por tipo de tarifa: Dar Clic Aquí

Imagen con el texto: una mano con una laptop y el texto Gestione la Facturación Agrupada

Facturación Agrupada

¡Sumamos otro servicio a la virtualidad!  ahora en nuestra Agencia Virtual puede obtener toda la información detallada de la facturación agrupada de su empresa.

¿En qué consiste el servicio de Facturación Agrupada?

El servicio de Facturación Agrupada (FA) permite concentrar en una sola factura, varios servicios eléctricos ubicados en distintos sitios de la zona servida de CNFL y con distintas fechas de vencimiento, de forma tal que el abonado(a), en lugar de tener que realizar una gestión administrativa para cancelar una a una las distintas facturas por servicio eléctrico, puede realizar un solo pago de una sola factura que contempla todos los servicios que el abonado(a) haya decidido agrupar.

¿A quién va dirigido el servicio?

Va dirigido a abonado(a) que deben realizar la gestión de pago de más de 5 servicios eléctricos durante el mes, permitiéndoles realizar una sola gestión de pago.  En esta categoría se encuentran entidades bancarias, instituciones públicas, instituciones autónomas, cadenas de restaurantes, abonados comerciales, empresas inmobiliarias, etc.

¿Qué beneficios ofrece la facturación agrupada?

Los beneficios más significativos para el abonado(a) son los siguientes:

  • Optimizar el acceso a la información.
  • Control y autogestión las 24 horas, los 365 días del año.
  • Ingreso desde cualquier lugar y por cualquier medio.
  • Accesibilidad total a:
    • Cantidad de contratos
    • Gráficos.
    • Montos agrupados e individuales.
    • Información exportable.
  • Facilita la gestión y control de los pagos.
  • La factura agrupada tiene una única fecha de vencimiento que corresponde al 20 de cada mes; en caso de que el 20 corresponda a un sábado, domingo o feriado, la fecha de vencimiento se traslada al siguiente día hábil del mes.
  • Los servicios agrupados pueden estar a nombre del responsable directo de pago o a nombre de terceros, condición muy común en locales alquilados.
  • Las solicitudes de inclusión o exclusión de servicios se realizan por medio de correo electrónico.

¿Qué condiciones especiales tiene el servicio de Facturación Agrupada?

Algunas condiciones especiales del servicio de Facturación Agrupada son las siguientes:

  1. Los servicios que conforman la factura agrupada no pueden ser cancelados de forma individual, la única factura recaudable es la principal. 
  2. El cargo por mora se aplica sobre la factura agrupada total y no sobre cada servicio individual.
  3. Todos los servicios que se agrupen en una misma factura agrupada, deben ser del mismo tipo de tarifa eléctrica, ya sea residencial, comercial, industrial, media tensión, promocional, de carácter social, entre otras.
  4. Para excluir o incluir servicios a la factura agrupada, el abonado(a) debe solicitar 10 días antes de la fecha de emisión de la factura del servicio eléctrico particular que desea incluir o excluir de la factura agrupada y dicho servicio debe encontrarse sin pendientes de pago.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el servicio de Facturación Agrupada?

Únicamente afiliarse a nuestra Agencia Virtual

¿Dónde se puede solicitar el servicio de Facturación Agrupada?

En la Agencia Virtual de la CNFL.

Lo invitamos a afiliarse y que conozca todas las ventajas que hemos puesto a su disposición en nuestra Agencia Virtual.

Para mayor información puede contactarse al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. o al teléfono 2295-5848.

NOTA IMPORTANTE:

A partir de diciembre 2021 se estará suprimiendo el envío de información de las facturas y se habilitará únicamente la autogestión por medio de nuestra Agencia Virtual.

Imagen de dos medidores incrustados en una pared

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