Solicitud Traslado Medidor

Aspectos Generales

Descripción del trámite

Servicio que se realiza mediante la solicitud del cliente con el objetivo de efectuar un cambio de acometida eléctrica sin que medie una modificación en las condiciones de diseño de la instalación eléctrica.

Documentos Vinculantes

  • Norma “AR-NT-SUCOM "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión"

Otras disposiciones

  • Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.
  • Tabla de Porcentajes Anuales de Depreciación de la Dirección General de Tributación Directa, del Ministerio de Hacienda.

Plazo de resolución

  • Dentro de los siguientes 5 días hábiles contados a partir de la firma del contrato para servicios en baja tensión sin demanda, siempre y cuando el punto de conexión y la instalación cumplan con lo que establece la norma técnica “Supervisión de la instalación y equipamiento de acometidas eléctricas" (AR-NT-SUINAC Artículo 29).

Costo del trámite

  • Se calcula según la tarifa definida por la ARESEP, actualmente es de ₡1,000.00+IVA

Consideraciones Generales

¿Dónde puede realizar este trámite?

  • En nuestra Agencia Virtual.
  • Enviando un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; para tal efecto se dispone de 10 días hábiles para dar respuesta al correo según Ley 9097 de Regulación del Derecho de Petición, Artículo 6, para resolución una vez presentados los requisitos completos. Una vez gestionado y si es requerido, deberá presentar los documentos originales y firma de solicitud en cualquiera de nuestros centros de atención.
  • En Sucursales y Agencias de la CNFL.
  • Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del solicitante, cliente o usuario, mediante autorización otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo. La institución conservará el original de la autorización, el poder especial y las certificaciones de los poderes generales y generalísimos, entregará una copia de la autorización y del poder especial al autorizado o apoderado especial, según corresponda e indicará cuáles actos han sido ejecutados. De igual forma puede comunicarse a nuestra central de llamadas gratuitas 800-ENERGIA (800-3637442) o por medio del chat center donde nuestros ejecutivos   estarán aclarando cualquier consulta relacionada con el trámite.

Requisitos Administrativos

Requisitos Generales

Para persona física

  • Original de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Para persona jurídica

  • Original de personería jurídica (no mayor a un mes de emitida).
  • Original de cédula de identidad de representante legal, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.
  • Copia de cédula y carta de autorización para quien se presenta a tramitar (en caso de no ser el abonado del servicio el que se presenta a realizar el trámite o si es representante de la empresa).
  • Todos los documentos remitidos vía correo electrónico serán verificados y validados al momento de entrega de los mismos en el centro de atención.

Requisitos Específicos

  • Aportar el número contrato NISE y/o medidor del servicio.
  • Presentar boleta original emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA), referente a la presentación de los planos eléctricos, en caso de que se realice una modificación en la instalación eléctrica del inmueble o un cambio de carga, acorde con lo dispuesto en la Norma Técnica “Supervisión de la instalación y equipamiento de acometidas eléctricas” (AR-NT-SUINAC) y con Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.

Referencias

  • Número de teléfono, dirección exacta por provincia, cantón y distrito, correo electrónico.
  • El servicio debe estar al día en su facturación.
  • Firma de solicitud y/o contratos de aceptación correspondientes.

Requisitos Técnicos

Recuerde contratar al Ingeniero de su confianza para que le asesore adecuadamente con el cumplimiento de estos requisitos.