Cambio Conexión Voltaje

Aspectos Generales

Descripción del trámite

Este trámite se brinda en aquellos  servicios en los que el cliente requiera un cambio de medidor porque la conexión de voltaje  necesaria  para su inmueble requiere ser modificado.

Documentos Vinculantes

  • Norma “AR-NT-SUCOM "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión"

Otras disposiciones

  • Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.
  • Tabla de Porcentajes Anuales de Depreciación de la Dirección General de Tributación Directa, del Ministerio de Hacienda.

Costo del trámite

  • No tiene costo.

Consideraciones Generales

Este trámite se puede realizar en:

  • Enviando un correo electrónico a This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.; para tal efecto se dispone de 10 días hábiles para dar respuesta al correo según Ley 9097 de Regulación del Derecho de Petición, Artículo 6, para resolución una vez presentados los requisitos completos. Una vez gestionado y si es requerido, deberá presentar los documentos originales y firma de solicitud en cualquiera de nuestros centros de atención.
  • En Sucursales y Agencias de la CNFL.
  • Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del solicitante, cliente o usuario, mediante autorización otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo. La institución conservará el original de la autorización, el poder especial y las certificaciones de los poderes generales y generalísimos, entregará una copia de la autorización y del poder especial al autorizado o apoderado especial, según corresponda e indicará cuáles actos han sido ejecutados. De igual forma puede comunicarse a nuestra central de llamadas gratuitas 800-ENERGIA (800-3637442) o por medio del chat center donde nuestros ejecutivos le estarán atendiendo sus consultas sobre cómo proceder.

Requisitos Administrativos

Requisitos Generales

Para persona física

  • Original de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte. Todos los documentos deben estar vigentes.

Para persona jurídica

  • Original de personería jurídica (no mayor a un mes de emitida).
  • Original de cédula de identidad de representante legal, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte.Todos los documentos deben estar vigentes
  • Copia de cédula y carta de autorización para quien se presenta a tramitar (en caso de no ser el abonado del servicio el que se presenta a realizar el trámite o si es representante de la empresa).
  • Todos los documentos remitidos vía correo electrónico serán verificados y validados al momento de entrega de los mismos en el centro de atención. 

Requisitos Específicos

  • Aportar  número de contrato NISE y/o número de medidor del servicio eléctrico disponible en el lugar.
  • Aportar número de “Constancia de Recibido” emitido por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA), para la solicitud de conexión de servicio provisional, referente a la presentación de los planos eléctricos, acorde con lo dispuesto en la Norma Técnica “Supervisión de la instalación y equipamiento de acometidas eléctricas” (AR-NT-SUINAC) y con Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y Propiedad.

  • Cuando la carga solicitada sea mayor a la disponible en el sitio de la instalación y se requiera la instalación de transformadores o extensión de líneas adicionales deberá solicitar Estudio de Ingeniería.
  • Original de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país, ya sea: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial. Si se tramita por correo se verificará posteriormente contra entrega de documentos originales.

Referencias

  • Número de teléfono, dirección exacta por provincia, cantón y distrito, correo electrónico.
  • Servicio al día.
  • Firma de solicitud y/o contratos de aceptación correspondientes (en nuestras agencias).

Requisitos Técnicos

Recuerde contratar al Ingeniero de su confianza para que le asesore adecuadamente con el cumplimiento de estos requisitos.