Traslado de Medidor

Aspectos Generales

Descripción del trámite

La CNFL proporciona el servicio de traslado de medidor por cambio de acometida eléctrica el cual gestiona el (la) cliente, sin que medie una modificación en las condiciones de diseño de la instalación eléctrica.

Documentos Vinculantes

  • Norma “AR-NT-SUCOM "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión"

Costo del trámite

  • Se calcula según la tarifa definida por la ARESEP, actualmente es de ₡1,000.00+IVA

Este trámite se puede realizar en:

  1. Agencia Virtual
  2. Enviando un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; para tal efecto se dispone de 10 días hábiles para dar respuesta al correo según Ley 9097 de Regulación del Derecho de Petición, Artículo 6, para resolución una vez presentados los requisitos completos. Una vez gestionado y si es requerido, deberá presentar los documentos originales y firma de solicitud en cualquiera de nuestros centros de atención.
  3. En Sucursales y Agencias de la CNFL.
  4. Puede comunicarse a nuestra central de llamadas gratuitas 800-ENERGIA (800-3637442) o por medio del chat center donde nuestros ejecutivos le estarán atendiendo cualquier consulta relacionada con el trámite.

Otras disposiciones

  • Ante la CNFL cualquier persona que cuente con la debida autorización, puede solicitar servicios y realizar trámites a nombre de un(a) cliente o titular del servicio, lo cual es otorgado de conformidad con el Artículo 283, de la Ley General de la Administración Pública o poder especial, general o generalísimo, conservando la CNFL el original, así como las certificaciones de los poderes.
  • Al momento de la solicitud del traslado del medidor, la instalación de la acometida debe estar terminada, ubicada en el límite de la propiedad catastral frente a vía pública, en cumplimiento con la Norma técnica AR-NT-SUINAC-2015 y Decreto Ejecutivo N.O 38440-MEIC del Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad, así como su reglamento, este requisito es en la inspección de primera visita de campo.
  • La CNFL dispone de cinco días hábiles para la resolución del servicio traslado del medidor requerido a partir del día siguiente una vez cumplidos los requisitos técnicos y administrativos y en caso de incumplimiento de alguno de estos, debe prevenir al (a la) cliente por una única vez, de manera escrita sobre los requisitos omitidos (la prevención suspende el plazo de resolución cuando se emita un acto administrativo, de conformidad con el artículo 6 de la Ley N.O 8220).

Nota:

Cuando el documento sea autenticado por un abogado:

  1. El documento debe venir autenticado en papel regular(blanco).
  2. Debe traer el sello del Colegio de Abogados (tinta).
  3. El abogado debe de indicar que la firma es auténtica.
  4. Debe de contener el nombre completo del abogado autenticante y su firma.
  5. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Cuando el documento lo certifique un notario y no un abogado:

  1. La autenticación de la firma debe ser por medio de una “Razón Notarial”.
  2. Se debe presentar en papel de seguridad con código de barras, la respectiva firma del notario y sello blanco.
  3. Deben aportarse ₡275 en timbres de Colegio de Abogados con ocasión de la autenticación de la firma ya sea con las estampillas adheridas al documento o adjuntando el entero bancario correspondiente. Cuando la autenticación sea digital debe venir indicada la tasación y el número del entero.

Para este trámite debe cumplir con los requisitos generales y específicos

Generales

Persona física

  • Cédula de identidad para nacionales.
  • Documento de acreditación migratoria (DIMEX), carné de condición especial (otorgado por el Subproceso de Refugio de la Dirección General de Migración), pasaporte, para personas extranjeras.

Para persona jurídica

  • Número de cédula jurídica, para consultar en línea y emisión de certificación de la personería jurídica inscrita en el Registro Nacional de la Propiedad, (verificación interna). Para tal efecto es requerido que la sociedad se encuentre al día con sus obligaciones legales y tributarias.
  • Original de cédula de identidad de representante legal para nacionales.
  • Documento de acreditación migratoria (DIMEX), carné de condición especial (otorgado por el Subproceso de Refugio de la Dirección General de Migración), pasaporte para personas extranjeras.

Nota: Para personas físicas y jurídicas, si quien se presenta a tramitar es una persona autorizada, se debe cumplir con lo estipulado en el punto dos del apartado “Otras Disposiciones”.

Específicos

  • Pagos al día ante la CNFL, se consulta que no existan deudas pendientes del (de la) cliente en el sistema comercial de la empresa (verificación interna).
  • Número del NISE de referencia (número de contrato), localización o número de medidor (verificación interna).
  • Pago del servicio solicitado, el cual se cancela al momento de ser atendido en ventanilla para servicios de modalidad prepago o cargado en la próxima facturación para la modalidad pospago.
  • Número de “Solicitud de sellado de planos eléctricos”, cuando aplique y se realicen modificaciones en el inmueble, emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA) para consultar en línea ante el CFIA, el cumplimiento del requisito “Constancia de recibido”, referente a la presentación de los planos eléctricos. (verificación interna).

Referencias

  • Número de teléfono, dirección exacta por provincia, cantón y distrito y correo electrónico, de la persona que solicita el servicio o responsable de los trabajos.
  • Firma de solicitud y/o contratos de aceptación correspondientes.
  • Técnica: Visitar el siguiente enlace: Normativa Técnica Nacional ARESEP

Recuerde contratar al ingeniero de su confianza para que le asesore adecuadamente con el cumplimiento de estos requisitos.

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